lunes, 14 de junio de 2021

ABOGADO DE FAMILIA EN RUBI

 




ABOGADO DE FAMILIA


Tal y como ya he expuesto en varias ocasiones, se tiene que tener muy claro que independientemente si la guarda y custodia de los menores es exclusiva, o compartida, la patria potestad de los mismos, a no ser que judicialmente expresamente se diga otra cosa, es compartida. Ello conlleva que las decisiones de relevancia de los menores deben tomarlas ambos progenitores, tienen que ser consensuadas, y siempre en beneficio del menor. Así por ejemplo,  la elección de un centro escolar, el cambio de centro escolar, decisiones de salud, el llevar al menor a un psicólogo a iniciar un tratamiento, entre otras muchas. En caso que exista alguna discrepancia, que no se pueda obtener el consentimiento del otro progenitor, se deberá solicitar auxilio judicial, a fin que el juez otorgue el citado consentimiento, si se acredita en el procedimiento, que es beneficioso para el menor. 


Separaciones, divorcios, pareja de hecho

guarda y custodia, 

reclamación de alimentos

Reclamación pensión alimenticia,

 gastos menores,


Modificación de medidas

Medidas previas

acciones de filiación,

Reclamaciones de cantidad, 

procedimiento penal, denuncias, querellas, 

A.R. ABOGADO
Teléf.- 93 586 24 68
calle Maximí Fornés, 64, 1º3º
08191 RUBI
www.anarieraabogado.com

No hay comentarios:

Publicar un comentario